Los procedimientos judiciales disminuyen desde el inicio de 2014

18 noviembre, 2015

Este artículo está influenciado por la fuente expresada al final del mismo.

 

Desde enero de 2014 hasta la actualidad se ha registrado un notable descenso en el número de los procedimientos judiciales de carácter concursal, en los motivados por extinciones de contratos y procesos de despido, reclamaciones de cantidades laborales, procedimientos monitorios y ejecuciones hipotecarias, como consecuencia de la normalización económica, tras la crisis iniciada en el año 2007.

Así se muestra en el Informe sobre las consecuencias del cambio de ciclo económico en la actividad judicial, publicado por la Fundación Wolters Kluwer, y presentado ayer por su presidente, el magistrado de la Audiencia Nacional, Enrique López.

Si bien en muchos aspectos económicos los tribunales se han visto desbordados durante los años de la crisis, en otras jurisdicciones el comportamiento ha sido a la inversa, como ha venido sucediendo en el ámbito Contencioso-Administrativo con la litigiosidad de extranjería.

Aunque aún es pronto para hacer valoraciones sobre la influencia que han tenido las tasas en los tipos de procedimientos en que fueron elevadas en 2012, para Enrique López, "el descenso no hay que achacarlo únicamente a la elevación de las tasas, sino también a la imposición de las costas".

En 2007, los concursos presentados en los juzgados de lo Mercantil se multiplicaron por siete, hasta que en 2014, comienza a observarse una tendencia hacia la normalización, al pasar de un total de 1.589 concursos al inicio de la crisis a 10.949 en 2013, para situarse en 8.132 en 2014.

En el caso de los juzgados de lo Social sí que se recibieron refuerzos a través de jueces y personal de apoyo, que prácticamente duplicaron la planta judicial.

El número de juicios por despido se elevó desde los 66.249 de 2007 a los 149.796 de 2013, descendiendo el año pasado a 118.213. Las reclamaciones de cantidad se han reducido en un 5,94 por ciento entre 2013 (183.676 procedimientos) y 2014 (132.863).

Los procedimientos monitorios alcanzaron su máxima expresión en 2012, con un total de 895.127, descendiendo a 699.930 en 2013, tendencia que se mantiene.

Con respecto a las ejecuciones hipotecarias, tuvieron su cresta en 2010 (93.636), descendiendo a 91.622 procedimientos en 2012 y 80.749 en 2014. En el primer trimestre de 2015 han crecido algo más del 6%.

Corral Salas Abogados en Santander Cantabria, #DerechoCivil #DerechoMercantil http://corralsalasabogados.com/

Fuente: El Economista

Nueva ley orgánica del poder judicial y las clausuras de suelo

11 noviembre, 2015

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¿Qué son las clausuras de suelo hipotecario?

La cláusula suelo o suelo hipotecario es un tipo mínimo de interés que no permite al hipotecado pague menos cuando el Euribor está por debajo, de ese mínimo fijado en el contrato.

¿Cómo sé si mi hipoteca tiene cláusula suelo?

Busca en tu contrato hipotecario el apartado que se llama “Interés” o “Tipos de Interés”. No esperéis que vuestra entidad financiera os haya redactado el contrato con el término “Cláusula suelo” recibe diferentes nombres:

• Limitaciones a la baja del tipo de interés
• Tipo de interés mínimo
• Horquilla de interés
• Limitación del tipo de interés
• Túnel
• El tipo de interés pactado no podrá ser superior a X ni inferior a X

Buenas noticias si estas perjudicado por estas clausuras, conoce tus derechos.

El 1 de octubre de 2015, entró en vigor la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial entre muchos de los amplios campos que recoge, cabe señalar las modificaciones en Justicia Mercantil, otorga derecho a demandar ante los Tribunales Civiles la eliminación de las cláusulas suelo hipotecarias y la devolución de los intereses cobrados en exceso por las entidades financieras desde el 9 de mayo de 2013, conforme a la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo aclarando este punto.

Este nuevo medio para la resolución de estos conflictos, realizado de una manera tan inusual es debido al colapso de los tribunales mercantiles, que poseen un tiempo medio de 3 años de espera para la resolución de estos casos, según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial.

En comparación con la justicia mercantil, la justicia civil tarda una media de entre 9 y 12 meses, por lo que confiamos en que esta medida animará a muchos particulares a rebelarse contra este abuso bancario, la eliminación tasas judiciales ha provocado que los costes de reclamación se hayan visto reducidos.

Se calcula que hay unos dos millones de afectados por estas cláusulas de suelo. Aunque existe una gran información sobre este tema, solo un 5% recurre ante los tribunales. Esa es la razón por la que muchos bancos no las retiran voluntariamente de sus hipotecas. Siendo reclamaciones con un porcentaje de éxito muy alto (en torno al 90%), siempre que se den las características necesarias para reclamar (consumidor, vivienda habitual, falta de transparencia por parte de la entidad).

Si deseas asesoramiento legal en este u otros temas no dudes en contactar con nosotros Diego Corral Salas bufete de Abogados Santander. En nuestra web dispone de toda la información necesaria para contactar con nosotros e incluso un formulario de contacto si desea hacerlo vía email. http://corralsalasabogados.com/contacto.html #DerechoCivil #DerechoMercantil

 

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10 agosto, 2015

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